DERECHO A MIGRAR: ¿EL CUMPLIMIENTO DE LA EDAD DE LOS DERECHOS?

2017 
?Cual es el lugar del ius migrandi –del derecho a migrar como facultad de cada uno de los individuos de atravesar las fronteras de los estados y de elegir libremente su residencia, temporal o definitiva, en aquella que Bobbio ha definido como “la edad de los derechos”, recuperando con cautela la formula del obispo Walter Kasper, de acuerdo a la cual los derechos son el nuevo ethos mundial de la humanidad? Cualquiera podria hacerme notar enseguida que la edad de los derechos como se la imaginaban Bobbio y Kasper ya ha culminado, y alguien mas podria anadir que estamos ante el enesimo “post”: la post-edad de los derechos, o la edad de los postderechos (aunque nunca sabemos bien a que cosa se refiere, hoy el prefijo “post” esta muy de moda, como ustedes saben: postmodernidad, postdemocracia, etcetera). Traduccion de Pamela Rodriguez Padilla con la colaboracion de Paula Sofia Vazquez Sanchez y Pedro Salazar Ugarte.
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