EL INDULTO EN UN ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO: ¿CORRECCIÓN, COMPASIÓN O NEGOCIACIÓN? EN RELACIÓN A LA DECISIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE EL INDULTO DEL EXPRESIDENTE DE PERÚ, ALBERTO FUJIMORI

2020 
Entre los anos 2010 y 2018, un tema capturo la atencion de la opinion publica: la posibilidad de indultar al expresidente Alberto Fujimori considerando su edad avanzada y las enfermedades que pudiera padecer. En el gobierno de Ollanta Humala, a mediados del ano 2013, se le denego el indulto sobre la base de los siguientes fundamentos: “no tiene una enfermedad terminal, no tiene un trastorno mental incurable, no tiene una enfermedad incurable ni degenerativa y las instalaciones (penitenciarias) tampoco coadyuvan en su perjuicio”. El 24 de diciembre de 2017, mediante Resolucion Suprema N° 281-2017-JUS se indulto por razones humanitarias al expresidente Alberto Fujimori cuando este tenia 79 anos de edad y habia cumplido diez anos, diez meses y dos dias de prision.
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