Pasivo sobrevenido: sociedad (todavía) en liquidación y responsabilidad de antiguos socios y liquidadores A propósito de la STS 324/2017, de 24 de mayo

2017 
Hay una mas o menos cuestionable praxis de los empresarios de construccion que es la subyacente en el supuesto de hecho de la sentencia de referencia. Con el fin de dificultar el ejercicio de posibles acciones de responsabilidad contractual derivada de defectos o vicios ocultos de las edificaciones que realizan o promueven, tales empresarios constituyen sociedades ocasionales (casi instrumentales) cuyo objeto social es la realizacion de una determinada y concreta edificacion o, acaso, un pequeno grupo de ellas. Una vez vendida la misma (viviendas, normalmente), tales empresarios casi “ocultos” tras tales sociedades ocasionales proceden a disolverlas por conclusion de su objeto social, son liquidadas y formalmente extinguidas mediante cancelacion de sus asientos registrales.
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