Derecho colectivo del trabajo. Comisiones ad hoc y asamblea de trabajadores en supuestos de ausencia de representación: Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de octubre de 2019 (Rec. núm. 966/2017) ECLI: ES:TS:2019:3652

2020 
El Tribunal Supremo conoce de un recurso de casacion para la unificacion de doctrina contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 20 de diciembre de 2016 (rec. 2417/2016). Superado el juicio de contradiccion, el debate juridico girara unicamente en torno a si el periodo de consultas y, en concreto, la designacion de los sujetos legitimados para la negociacion de la modificacion sustancial se ha llevado a cabo conforme a lo establecido legalmente. No se debate sobre la causa ni la idoneidad de la medida aplicada, pues el actor no las discute. El Tribunal validara la sentencia de la que trae causa, admitiendo a la asamblea como interlocutora del periodo de consultas, matizando que dicha postura se fundamenta en, por un lado, la ausencia de representantes formales y, por otro, la reducida dimension del tamano de la plantilla. El acuerdo, por lo tanto, sera valido, reiterando que su naturaleza es colectiva y no plural, conforme a la doctrina que se viene aplicando en los ultimos anos
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