La conciliación. una mirada desde la bioética y la virtud de la prudencia

2014 
La reflexion versa sobre el compromiso etico que tiene el conciliador en derecho, no solo con la justicia, sino tambien con la sociedad que ha consignado en el toda su confianza. El conciliador en derecho, en su labor, tiene una responsabilidad significativa en cuanto al manejo del conflicto juridico que los ciudadanos ponen en sus manos para que este les ayudea solucionarlo. Teniendo de presente la bioetica juridica, el conciliador en derecho debera incluir lavirtud de la prudencia (phronesis) en su actuar, en procura de la imparcialidad para proponer formulas de arreglo en el conflicto. Es asi como en el ejercicio de la profesion de los abogados, y en particular en los operadores juridicos que actuan como conciliadores en derecho, se evidencia la imperiosa necesidad de implementar un codigo de etica basado particularmente en la virtud de la prudencia; por tanto, se abordaran cuatro temas centrales: en primer lugar, se hablara del conciliador y de las clases de conciliacionque existen en derecho; en segundo lugar, se abordara la virtud en el conciliador en derecho; en tercer lugar, se analizara el conflicto y la conciliacion,para, finalmente, presentar una reflexion frentea los principios que deberia tener un codigo de bioetica para los conciliadores en derecho.
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