El principio de Non Bis in ídem en el derecho disciplinario Abogadil colombiano
2012
El Estado posee poder sancionador que comprende cinco especies, entre las que se encuentra el derecho disciplinario mediante el cual regula las relaciones con quienes tienen con el una sujecion especial como funcionarios y particulares que le colaboran en la consecucion de sus fines, entre ellos, los abogados. El disciplinamiento de estos profesionales en Colombia se encuentra asignado a un organo judicial que debe adelantar la actuacion con sujecion al debido proceso y en consecuencia respetando el principio “non bis in idem”, en virtud del cual los abogados cuya situacion haya sido resuelta mediante sentencia ejecutoriada o decision que tenga la misma fuerza vinculante proferida por autoridad competente, no podran ser sometidos a una nueva investigacion y juzgamiento por el mismo hecho aun cuando se le de una denominacion juridica distinta. No obstante, dada la falta de concrecion legal sobre la materia se cae en una zona de penumbra que puede estar produciendo en algunos casos una inaceptable reiteracion del ius puniendi estatal.
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