Llibertat d'expressió i límits penals: una nova fase en el camí cap a la fixació de criteris interpretatius constitucionalment coherents

2020 
La presencia en el Codigo Penal de una serie de tipos de contenido abierto e impreciso que inciden en los ambitos propios de la libertad de expresion ha generado en los ultimos anos en la jurisdiccion ordinaria lineas interpretativas que han resultado heterogeneas y cambiantes, pero mayoritariamente tendentes a restringir el ejercicio de dicha libertad. Ello se ha manifestado en diversa medida en relacion con ciertos delitos, como los relativos al  enaltecimiento del terrorismo, la proteccion de los sentimientos religiosos o la de simbolos e instituciones; se ha unido a ello con frecuencia una concepcion muy expansiva del concepto del discurso del odio. El TC, en su STC 112/2016, comenzo a limitar esa tendencia restrictiva, pero lo hizo de un modo incompleto. La STC 35/2020 viene a culminar el camino iniciado por la primera, y a fijar una nueva posicion que debiera estar llamada a incidir, no solo en la aplicacion por los tribunales del tipo penal que origino el caso, el art. 578 CP, sino tambien en el de los demas delitos vinculados a la libertad de expresion. El trabajo analiza la problematica relacion entre tipos penales y la libertad de expresion, la novedad que supone la STC 35/2020, los avances que implica en la interpretacion del ambito de la libertad de expresion, los aspectos mejorables que presenta (como la delimitacion del concepto de discurso del odio) y las dificultades que pudiera encontrar esta linea interpretativa en su aplicacion por la jurisdiccion ordinaria.
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