Grabaciones en el domicilio del investigado y juicio de procedencia a la luz de la jurisprudencia más reciente

2021 
El impulso de la investigacion penal requiere en muchas ocasiones adoptar decisiones dificiles, como la grabacion y escucha en el domicilio del investigado, tras un ejercicio de ponderacion y motivacion bastante. La aplicacion del tradicional principio de proporcionalidad ha permitido en la praxis judicial la adopcion de estas medidas por un tiempo a veces demasiado prolongado, con un marcado caracter prospectivo o incluso en base a meras sospechas. En ocasiones los autos que las autorizan omiten los lugares afectados por la intervencion, limitandose a autorizar, sin mas, la instalacion de dispositivos de grabacion durante un tiempo sin referencia a un encuentro concreto, previsible y determinado, de forma aleatoria y prospectiva. Como reaccion, la sala segunda del Tribunal Supremo ha dictado recientemente dos sentencias, la 655/2020, de 3 de diciembre, y la 718/2020, de 28 de diciembre, que advierten una mas que relevante nueva tendencia jurisprudencial garantista, que debe ser aplaudida por la doctrina y los operadores juridicos. El grado de injerencia que esa medida representa en el domicilio del investigado, un espacio que cada ciudadano define para excluir a los poderes publicos y a terceros de su propia intimidad no puede ser ponderado con el mismo angulo valorativo con el que se aceptan otras medidas de investigacion.
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