Las mancomunidades provinciales en el marco de la reforma de la
2015
El centenario de la constitucion de la Mancomunitat de Catalunya (1914) ha vuelto a dar notoriedad a una figura muy
poco prodigada en nuestra tradicion juridico-administrativa local. Desde finales del siglo xix hasta bien entrado el
siglo xx se suceden con intensidad los proyectos de reforma del regimen local en un intento por dar respuesta a las
demandas de reconocimiento de la pluralidad de comunidades que coexisten en el pais. La arena politica es testigo de
enconados debates sobre la conveniencia de hacer realidad las aspiraciones de descentralizacion regional, promovidas
esencialmente por las fuerzas politicas catalanas. En ese contexto, las mancomunidades provinciales constituyen el
punto de encuentro entre los detractores y los defensores de un nuevo orden territorial, pero la institucion juridica
no termina de satisfacer a ninguno de los dos bandos. Para unos, ofrece demasiado; para otros, demasiado poco. Las
provincias catalanas seran las unicas que experimentaran con la formula mancomunal aunque el Estatuto provincial de
1925 pondra punto final a la aventura de forma abrupta. En los anos siguientes no faltaran iniciativas para reconstituir
esta formula asociativa, pero su funcionalidad se habra amortizado, superada por las reivindicaciones de autonomia
politica que arrumban cualquier solucion que provenga exclusivamente de la reforma del regimen local.
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